Hacer desaparecer, de manera pacífica, toda miseria y marginación social por dinero: este es el reto.
1. Dialéctica entre bien común y bien privado.
La desaparición de las clases sociales por razón de dinero solo puede conseguirse, a nuestro entender, a través de un diálogo y una dialéctica continuados entre la riqueza de las personas privadas (individuos y colectividades) y la riqueza de las personas colectivas (que es equitativamente repartida entre todos sus miembros). A través, mas concretamente de una osmosis dineraria permanente entre todos los estamentos sociales y entre todos los miembros de la comunidad geopolítica.
No creemos en la falsa solución de la estatalización de toda la riqueza o de todo medio de producción de riqueza. En primer lugar, el Estado, como gerente del imperio, no es sino una persona colectiva particular y por tanto, la estatalización no es un acto de comunitarización, sino de privatización. Pero, además, todos sabemos como acaban los sistemas estatalizados de producción: paralizados por la planificación burocrática y las ansias de poder y totalmente impotentes para hacer frente con dignidad a las necesidades comunitarias.
Ahora bien, tampoco creemos que tengamos que confiar en la buena voluntad de las personas, ni forzar generosidades desinteresadas.
El problema es, pues, como crear una masa monetaria comunitaria suficiente para hacer frente a todas las necesidades reales de la comunidad, sin haber de importunar demasiado (y en el mejor de los casos, nada) a las personas privadas y a su riqueza privada. El problema es como aprovechar el natural egoísmo utilitario del hombre, para construir sobre su base, mecanismos prácticos y eficaces de plena solidaridad nacional.
En espera de que sea posible el llevar a la práctica un sistema mucho más satisfactorio a todos los niveles 19, proponemos la constitución de una masa monetaria comunitaria partir de un único impuesto de omnisolidaridad social. En el capítulo 7 de la Segunda Parte hemos dado todas las especificaciones técnicas referentes a las características de este impuesto único; daremos ahora por supuesto todo lo allá se ha dicho.
En este impuesto único se fundamentará básicamente toda la actuación del Estado en cuanto a repartición de riqueza comunitaria: por esto, el porcentaje que represente sobre cada factura-cheque se habrá de fijar en función de las necesidades que haya que subvenir.
Ahora bien, a medida que la omnicontabilidad centralizada de todas las facturas-cheque, vaya proporcionando un conocimiento cada vez mas profundo sobre el mercado total y sus posibilidades, el político podrá servirse, con prudencia, de medidas complementarías para aumentar la cuantía de la masa monetaria comunitaria. Estas medidas pueden ser las siguientes:
Pero hemos hablado de dialéctica entre bien común y bien privado, entre riqueza comunitaria y riqueza privada. ¿En que ha de consistir esta dialéctica? Nos referiremos siempre al siguiente conjunto de hechos:
Como que el sector utilitario, productivo y consumidor, de la sociedad, ha estado mantenido bajo la libre iniciativa privada, la masa monetaria comunitaria obtenida, podemos decir que es función del egoísmo utilitario de la población, ya que como mas se produce y se consume, mas crece esta masa -máxime, si consideramos que el impuesto único no será gravoso y, por lo tanto, no frenará con su lastre los procesos utilitarios-.
Una vez constituida, la masa monetaria comunitaria ha de servir a los propósitos de la plena solidaridad social. Esto es, ha de ser repartida, reprivatizada, entre todos los miembros de la comunidad imperial, en función de las necesidades específicas de cada uno y en función de los intereses globales de la comunidad.
Preveemos dos modalidades, muy bien diferenciadas, de repartición.
Los créditos comunitarios a la inversión se concederán:
Las condiciones del crédito comunitario a la inversión, que lo diferenciarán muy netamente del préstamo bancario normal, serán las siguientes:
Ahora bien, a través de los créditos comunitarios también se puede favorecer uno u otro tipo de formación empresarial que se considere conveniente, interesante... Así, después del criterio fundamental de eficacia, se pueden establecer líneas preferenciales de créditos para las empresas que reúnan determinadas características: iniciación de un proceso de autogestión (o autogestión plena); optimización de la talla de la empresa...
Las finanzas comunitarias al consumo son dinero repartido a fondo perdido (esto es: gratuito) para gastar única y exclusivamente en consumo.
El criterio que se ha de seguir en el reparto de las finanzas, no es ya el de eficacia productiva, sino el de las reales necesidades de consumo de la población, que hay que atender según el principio de una total solidaridad comunitaria.
El objetivo perseguido, mediante estas finanzas, es hacer desaparecer radicalmente toda miseria y toda marginación social por razón de dinero, asegurando a todos un mínimo vital. Pero, además, las finanzas han de permitir el hacer independiente la sociedad utilitaria del mercado y el asegurar a los miembros de la sociedad utilitaria frente a algunas situaciones, muy bien determinadas, que pueden presentarse en su vida. Todas estas necesidades diferenciales de cada categoría de población vienen reflejadas por los cuatro Estatutos financieros previstos:
Del Estatuto General gozan constitucionalmente toda persona, por el solo hecho de haber nacido o/y vivir en comunidad imperial: es pues acumulativo con cada uno de los otros tres estatutos.
El Estatuto General garantiza, a todo ciudadano individual y familiar, un nivel de vida mínimo, con el cual subsanar sus necesidades materiales y culturales mas perentorias. Con este objetivo, da derecho a las siguientes asignaciones:
Este Estatuto es acumulable únicamente con el Estatuto General. Los profesionales utilitarios ya tienen asegurada su subsistencia por la remuneración de su actividad utilitaria. Pero pueden presentárseles algunas situaciones desfavorables, delante de las cuales han de estar preparados. Así, el Estatuto Utilitario dará derecho a:
Este Estatuto es acumulable únicamente con el Estatuto General. El objetivo de este Estatuto es el de proporcionar la subsistencia digna a los profesionales y colectividades liberales, los cuales, como que no pertenecen a la sociedad utilitaria o mercado, no pueden ser mantenidos por ésta.
Igualmente, este Estatuto es acumulable únicamente con el Estatuto General; pero se llama «Mixto», porque puede simultanearse con ingresos privados. Efectivamente, está pensado de cara a los artesanos, a los colaboradores de empresas mixtas (privadas-comunitarias) de obras, trabajos y servicios públicos y también se podrán acoger los parados que acepten una escolarización profesional-artesanal de 3 años como mínimo y se establezcan después como artesanos en municipios de poca población.
Así pues y según el caso, este Estatuto dará derecho a:
El suelo ha sido, desde los inicios de la humanidad un patrimonio comunitario, que solo con el desenvolvimiento de un mercado plenamente monetario fue privatizándose poco a poco. A pesar de que somos partidarios de las libres propiedad e iniciativa privadas en el seno del mercado, en el caso del suelo creemos que debe devolverse esta riqueza a su carácter comunitario ancestral, a través de una progresiva socialización a nivel municipal (eso es: municipalización).
Sólo una municipalización efectiva del suelo puede garantizar la conservación y protección del medio ambiente y del patrimonio natural, evitar la especulación antisocial sobre terrenos y construir la base de una actuación urbanística eficiente. El municipio es el que puede vigilar de mas cerca el uso social o antisocial de este patrimonio comunitario: es pues, el que ha de ser, constitucionalmente y a la larga, el propietario único.
Para llevar a cabo, de una manera progresiva y sin perjudicar a nadie, esta municipalización del suelo, proponemos un sistema basado en:
6. Desaparición de las clases por dinero.
No ponemos ningún obstáculo a la generación de riqueza privada. Esta podrá continuar desarrollándose como hasta ahora y aún mejor, ya que liberaremos el mercado de muchos de sus actuales impedimentos, como veremos en el siguiente capítulo. Como consecuencia continuará habiendo personas mas ricas que otras.
Pero nuestro objetivo no es que todos sean iguales, incluso en dinero. Al contrario, creemos que todos somos distintos, peculiares, únicos, irrepetibles, singulares... y solo y únicamente ante la ley han de ser las personas consideradas iguales en derechos.
Nuestro objetivo, pues, no es la igualación artificial de las singularidades vivas, sino la convivencia solidaria en la diferencia y singularidad vital de cada persona. Y esta convivencia solidaria solo puede plantearse a nivel comunitario. Nuestra propuesta es la de los Estatutos financieros, solidaridad social en función directa de la riqueza privada del imperio considerado en su totalidad.
A través del Estatuto General, con sus salarios vitales mínimos, individuales y familiares; a través del Estatuto Utilitario, con sus salarios de paro forzoso, huelga y lock-out por tiempo indefinido; a través del Estatuto Liberal y la consecuente gratuidad de los servicios liberales para toda la población, puede conseguirse, para todos los miembros de la comunidad, un nivel vital mínimo, un nivel de subsistencia mínimo, que debe ser el mas alto posible.
Este nivel mínimo, dependiente de la solidaridad comunitaria, hace que nadie haya de depender de la generosidad o egoísmo particulares de cualquier otra persona. Sobre la base de esta autosuficiencia a un nivel el mas alto posible, puede asentarse la supresión de toda miseria material y de toda consecuente marginación social.
Este es, a nuestro juicio, un camino válido para una progresiva desaparición de las clases por dinero, fundamentadas en la subordinación y dependencia vitales de unos grupos de población hacia otros. Otra cosa, mas difícil, de mas lenta consecución, pero también posible, es la desaparición de las clases sociales por cultura, del clasismo y de toda una serie de actitudes y de sentimientos de superioridad, menosprecio, envidia... entre clases. Pero este segundo objetivo empezará a ser viable una vez establecido el primero.
7. Resumen de los últimos capítulos.
En los últimos cuatro capítulos nos hemos referido a las estructuras básicas de la nueva sociedad que proponemos:
En todos los casos, pues, deberán legislarse, únicamente, leyes mínimas, poco numerosas, pero muy precisas, si bien generalizadoras y sin casuística inútil. Estas leyes mínimas tendrán la misión de asegurar y garantizar el desarrollo en plena libertad y responsabilidad personal de todas las legítimas actividades ciudadanas. Y esto, en cada área social, sea estatal-unifederativa en todo el territorio imperial, sea confederativa-local para cada territorio autónomo (barrio, comarca, etnia, interetnia, ex-imperio).
En los capítulos siguientes, esbozaremos algunas de las leyes mínimas que deberán legislarse en:
19 A este respecto, ver la Cuarta Parte y especialmente, el capítulo 23, que cierra este trabajo.