Al servicio de este pueblo.
Avui. Jueves, 21 de Diciembre de 1978. Página 5.
Lengua (II).
El tercer apartado del texto aprobado sobre la lengua del artículo 3 del anteproyecto de Estatuto del Principado de Cataluña dice: «La Generalitat garantizará el uso normal y oficial de los dos idiomas, tomará las medidas necesarias con el fin de asegurar su conocimiento y creará las condiciones que permitan llegar a su igualdad plena en cuanto a los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña».
Con esta redacción se ha obligado Convergencia Democrática a rebajar su planteamiento inicial que exigía la obligatoriedad del castellano. Esta afirmación parecía radical a socialistas, comunistas y Entesa. Una vez cedió CDC, se le alabaron las virtudes pactistas.
De eso, no llamo pactismo, sino abandonismo. Los términos opuestos son:
- Oficialidad única del castellano (franquismo).
- Oficialidad única del catalán (catalanes).
El pacto equilibrado entre catalanes y franquistas era: tan obligatorio será el catalán como nos impongan que lo sea el castellano. Un pacto contra natura, pero pacto al fin.
Pero no. La posición inicial de CDC que se ponía a medio camino entre las dos posiciones extremas es tachada de radical.
CDC se volvió a mover y cediendo posiciones propuso: «El idioma catalán tiene en Cataluña el mismo tratamiento oficial que la Constitución reconoce al castellano para toda España. La aplicación de este principio se hará en la forma, gradualidad y respeto por las circunstancias personales que convenga a la necesaria convivencia de todos los ciudadanos de Cataluña».
Aparte de que el segundo punto no es propio del texto del Estatuto sino de una posición transitoria, el conjunto de la enmienda da largas a la igualdad manteniendo el enunciado del principio de igualdad con un circunloquio. Es un respeto. Yo no es a medio camino de la posición castellanista sino a un cuarto. Y, sin embargo, tampoco fue aceptado.
Finalmente se aceptó el enunciado transcrito al inicio de la columna. Es una nueva rebaja. Ya no se enuncia el principio de igualdad directamente. Sólo la obligación de la Generalitat. Al contrario, se reconoce que ahora no habrá igualdad. Más tarde, sin fijar plazos, sí.
Que un texto fundamental como éste reconozca una desigualdad así es totalmente antijurídico. El artículo 14 de la Constitución –y de todas las constituciones que quieran ser democráticas– copia la declaración del artículo 2 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU cuando dice que todos seremos iguales sin discriminación de ninguna clase.
De paso veo que en la lista de criterios de igualdad, la Constitución se ha olvidado de la lengua, que consta en la declaración de la ONU.
Todo en resumidas cuentas, CDC y aliados han cedido una vez más. El recontrapacto: a una octava parte de la distancia de la posición castellanista y siete octavas partes de distancia de la posición catalanista.
¿Esto es pactismo o una estafa?
Lluís M. Xirinacs.