Diario de un senador.
Mundo Diario. Viernes, 21 de Abril de 1978.
Iniciativa legislativa popular.
Decía el otro día que la democracia no se agota con la representación a través de los votos. El artículo primero del proyecto de Constitución reconoce que la soberanía reside en el pueblo del que emanan todos los poderes del Estado.
Clásicamente el poder se divide en tres ramas: la legislativa, la judicial y la ejecutiva. No hay suficiente que estas tres ramas sean controladas por personas elegidas democráticamente.
Vamos a ver hoy qué dice la nueva Constitución sobre la participación directa del pueblo en el poder legislativo: «Podrán someterse al Congreso proposiciones de ley articuladas y motivadas con las firmas acreditadas de quinientos mil electores. La iniciativa popular no podrá ejercerse sobre legislación tributaria, en materia internacional, ni en lo relativo a prerrogativa de gracia. La ley regulará el ejercicio de este derecho» –artículo 84.4–.
Es, pues, claro que se reconoce el derecho. También se ve el temor del legislador y las cortapisas que le pone. La más importante es esta exagerada cantidad de firmas.
El grupo parlamentario mixto propone reducir la cantidad de firmas a un diez por ciento de los electores.
Tanto este grupo como Carro Martínez de AP como Ortiz Bordás de UCD enmiendan en el sentido liberal de no poner cortapisas: «La iniciativa popular en materia de legislación ordinaria no debe tener ninguna limitación».
Los partidos de izquierda no enmiendan nada. Aceptan el redactado.
Sorprende que en la última hora –31-1-1978– la UCD propone suprimir todo el párrafo. El pueblo –según ellos– tiene bastante con el referéndum.
¿Entenderá UCD qué es democracia?
Mi deseo sería que el pueblo medite bien y se dé cuenta de su gran responsabilidad en la nueva etapa democrática. Él es el soberano. Él es el legislador. Y cuando delega sólo lo hace parcial y condicionadamente. Nunca suelta la punta de la cuerda.
Lluís M. Xirinacs.