Diario de un senador.
Mundo Diario. Miércoles, 28 de Septiembre de 1977.
Tribunal de la Generalitat.
Parece que las negociaciones para el establecimiento de la Generalitat Provisional van más encarriladas. Toda Catalunya está con la respiración en suspenso esperando resultados. La operación que, parece, va a conseguir introducir alguna forma de Parlamento Provisional en los acuerdos ha sido arriesgadísima. En la segunda Plenaria de la Assemblea de Parlamentaris avisé que, tal como se planteaban entonces las cosas, se estaban abandonando «los principios e instituciones configurados en el Estatuto del 32». López Rodó, con las intenciones que fueran, remachó lo absurdo de la ausencia de alguna forma de control parlamentario. A partir de aquí, socialistas y comunistas se convirtieron en adalides de esta reivindicación. Había en ella algo incongruente. Los parlamentarios actuales no estamos elegidos para Catalunya sino para Madrid. Una pieza más de este original y rocambolesco proceso reformista español. La operación ha sido peligrosísima. Podíamos habernos quedado sin Generalitat hasta que las Cortes quisiesen. Y se ha podido y aún se puede provocar una crisis de Gobierno de resultados imprevisibles. De momento, si la cuerda no se rompe, la crisis económica juega a nuestro favor: que por lo menos haya estabilidad política con amnistía y autonomía.
De las instituciones configuradas en el Estatuto del 32 sólo ha quedado definitivamente en el suelo el Tribunal de Casación. Octavi Saltor i Soler nos lo recordaba en su artículo «Justicia Catalana» («Avui», 24-9-1977). Es una pena, ningún político ha querido romper lanzas en esta lid. Catalunya no tiene un derecho foral concedido desde Madrid, como Aragón o Navarra. Dispone de un Derecho Civil propio, reconocido incluso por el mismo franquismo. Derecho que prima sobre el Derecho Civil general del Estado. Obliga a todos los nativos y es optativo para los emigrantes, a partir de los dos años de residencia en Catalunya. A los diez años es automáticamente obligatorio, si el inmigrado no avisa en contrario.
Precisamente un abogado aragonés, radicado en Barcelona, me avisa, por un lado, de la riqueza e interés de la Compilación Catalana y, por el otro, se queja de que, en general, los jueces no lo aplican, salvo muchos de los que pertenecen a esa agrupación de jueces y fiscales, tan poco conocida, que se llama Justicia Democrática.
Un Tribunal de casación nuestro velaría mejor por nuestro derecho.
Señores juristas catalanes, ¿podríamos dar un empujoncito de última hora, en este sentido? o ¿ya hemos llegado tarde?
Lluís M. Xirinacs.