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Artículos publicados en el diario Avui, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979, traducidos al castellano.

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Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el rotativo Mundo Diario, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979.

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Agustí Chalaux.

Josep Jover: «El TC está por debajo del Tribunal de Luxemburgo».

El Punt Avui. Logotipo.El Punt Avui+. Lunes, 4 de septiembre de 2017. Política.

Barcelona. Lunes, 4 de septiembre de 2017, 2 horas.

Josep Jover.
Abogado especializado en derecho comunitario, asesor de ERC en cuestiones relacionadas con el proceso soberanista.

«El TC está por debajo del Tribunal de Luxemburgo».

  • «El proceso puede alegar la libertad de expresión recogida en la Carta de Niza, y el TJ ya dijo en 2013 que sus sentencias prevalecen sobre el derecho constitucional».
  • «No hacer caso a los catalanes es un mal negocio para Europa».

«El TC está por debajo del Tribunal de Luxemburgo». Foto: Dani Rios.
«El TC está por debajo del Tribunal de Luxemburgo». Foto: Dani Rios.

Con la ayuda de comunes.
Jover –aquí fotografiado este agosto en su casa en Barcelona– ha rodeado de un equipo multidisciplinar de 12 personas. Entre ellas, destacan los abogados Verónica Luque (experta en libertad de expresión), Carmen Moliné (en derecho de la UE) o José Giménez Alcover (en derecho bancario). Además, está el ex diputado de EUiA David Compañón o el concejal de Sant Adrià en Común Alejandro Benito. Esta semana se prevé que presenten el primero de los tres informes a que se comprometieron con ERC.

Òscar Palau. Barcelona.

«Me contratan para elaborar material intelectual que pueda ayudar, ya sea a la alcaldesa de Berga o a Artur Mas».

«Se puede demandar personalmente a los policías que han intervenido en los interrogatorios a funcionarios».

«Un mosso puede negarse a retirar una urna si le manda un juez, si tiene herramientas fruto de un trabajo que ahora desarrollaremos».

Aparte de ser uno de los bastiones del movimiento del 15-M, el abogado Josep Jover y Padrón (Terrassa, 1955) ha conseguido en los últimos años victorias judiciales sonadas en el Tribunal de Justicia de la UE con sentencias sobre el céntimo sanitario, el canon digital o las cláusulas suelo de las hipotecas que el Estado ha tenido que asumir. ERC ha visto una carta a jugar en el proceso, y la ha contratado como asesor.

–¿Por qué ERC, y no el gobierno o JxSí? La mayoría de acusados en los procesos abiertos no lo son...–

–Para mí también fue un poco sorpresa... Oriol Junqueras fue eurodiputado y quizás es más sensible, y esto ha hecho que haya sido el primero en decidirse.–

–¿Asesorará en casos con afectados más allá de los de ERC?–

–Sí. Yo estoy vinculado al Partido Pirata, y todo el trabajo que he hecho ha sido siempre con licencias libres, nunca he trabajado con información que queda cerrada si puede beneficiar a otros. Aquí ERC fue generosa, porque podría haber dicho «sólo para los míos», pero conociendo mi tradición le costó muy poco decir que sería para todos. Es una de las condiciones con las que trabajo: monto libremente el equipo ad hoc necesario en cada momento, llevo la gestión de la imagen y del conflicto, y los dictámenes e informes que elaboramos son públicos.–

–¿Trabajará en casos concretos, o en material genérico para todos?–

–La idea es elaborar tres dictámenes que tengan que ver con el derecho comunitario y la infracción del artículo 11, que habla de la libertad de expresión, de la Carta de Derechos Fundamentales de los Ciudadanos de la UE o Carta de Niza: su prevalencia sobre el derecho constitucional; hasta donde llega la prohibición al Estado de crear normas contra la libertad de expresión, y sobre fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Las defensas sólo tendrán que hacer el trabajo de adaptación a su caso particular. Me contratan para elaborar material intelectual que pueda ayudar, o asesorar compañeros que no conocen el tema. Que puedan utilizar la alcaldesa de Berga o Artur Mas, cada uno en su medida.–

–Esto de hecho abre una vía nueva...–

–En Europa terminada la II Guerra Mundial nacen dos proyectos: el político, basado en el Consejo de Europa y el Tribunal de los Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), y el económico, bajo la premisa del «si tú y yo hacemos buen negocio seguro que no haremos la guerra», con la actual UE y el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJ), que es de mercaderes. Pero al avanzar la integración, para su seguridad jurídica y para que no se viera todo como un negocio, éste empieza a reconocer derechos civiles a los ciudadanos, que se acaban reuniendo en la Carta. En el Tratado de Lisboa de 2000 se incorpora como un tratado más, con la premisa de que los estados tenían siete años para adaptarse y hacerlos derechos internos. Y España no lo ha hecho, pero eso no quiere decir, por la prevalencia del derecho comunitario, que no los tengamos. Paradójicamente, el TC se ha convertido cada vez más un tribunal político y el de Luxemburgo, en un tribunal de mercaderes más un TC europeo.–

–Y cree que eso se puede explotar...–

–Yo propongo a ERC no olvidar esta vía que tiene ventajas añadidas al TEDH, que tiene miles de vulneraciones de derechos fundamentales, y por tanto es complicado ir. Además, las resoluciones llegan muy tarde y no se puede interponer la demanda hasta que no se ha terminado el procedimiento en España. En cambio, el TJ puede interponer la demanda un juez de base en el momento inicial, si considera que es derecho comunitario. Y nuestra tarea principal es establecer elementos para que los jueces valoren qué es derecho comunitario. La regulación europea dice que el juez de primera instancia puede poner la demanda si quiere, pero el de segunda instancia tiene la obligación, y sólo la puede denegar si cree que no es derecho europeo o que el TJ ya ha resuelto sobre el tema. Ninguno de los dos casos aquí no se ha producido nunca, y por tanto estaríamos en el procedimiento.–

–¿Y así debería hablar con un juez para que lo presentara?–

–Todavía estoy haciendo los grupos de trabajo, ha sido todo muy reciente. Ni siquiera he hablado con jueces, pero no es trabajo mío meterme en su trabajo. Es un abogado que lo tiene que pedir, nosotros estamos detrás como un equipo que va produciendo material adaptable a cada situación. Nuestro trabajo es dar herramientas a quien defiende.–

–¿Así se puede recurrir paralelamente al TC y al TJ?–

–Sí, pero normalmente nunca funciona así porque el TJ es uno de los más rápidos, dicta sentencia entre 12 y 14 meses: sería el TC más rápido de Occidente. En cambio el TC español es el más perezoso, salvo los temas que hacen referencia al proceso. Y tienen prevalencia las sentencias del TJ sobre el derecho constitucional de los estados, según dijo en 2013. Los primeros que tienen que aprender que esto es importante son los juristas mismos, y luego los policías y periodistas. El TC no afecta en nada a la UE, está por debajo.–

–¿Y que se puede alegar de la Carta al TJ para favorecer el proceso?–

–El artículo 11 garantiza la libertad de expresión y prohíbe al Estado hacer nada en contra. Y entiendo que esto incluye hacer un referéndum. El TJ entra en el 95% de los temas que se le presentan, y si dice que se ha vulnerado el artículo 11, todas las sentencias que tienen que ver son nulas, y no sólo en España sino en toda Europa, generando jurisprudencia supraconstitucional. Ahora, éste es un juego muy difícil, no vamos a ganar con toda seguridad, porque es claro: ¿cuál será la posición de los franceses a raíz del tema corso, por ejemplo? No es la panacea, pero es un camino que se ha de recurrir también, y hasta ahora había quedado inhóspito.–

–¿Los condenados por el 9-N, por ejemplo, podrían apelar al TJ?–

–Lo que pasa es que para buena parte de lo que están haciendo han llegado tarde, porque terminado el mecanismo judicial normal ya no se puede plantear la cuestión al TJ europeo. Ya sólo pueden recurrir al TEDH. Pero si el 9-N es un ejercicio de libertad de expresión, estos señores les han absolver, y entonces se puede pedir la anulación de la sentencia. De hecho, una sentencia del TJ puede cambiar muchas cosas: obligaría a un reconocimiento del Estado, que incluso debería anular artículos de la Constitución.–

–¿Cuál puede ser el primer caso que se puede intentar presentar al TJ?–

–Quizás un tema que no tiene nada que ver: la reclamación contra algunos policías y guardias civiles por haber hecho mal su trabajo, al tomar declaración a funcionarios. Aunque lo amparase el juez no implica que no haya responsabilidades... El artículo 11 de la ley orgánica de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado dice cómo deben trabajar los policías, y si no lo han hecho así no existe la obediencia debida, y esto crea responsabilidades personales. Soy partidario de demandar personalmente los policías que han intervenido, que no se pongan bajo las faldas del juez.–

–El gobierno se ha querellado. ¿Su informe podría servirle?–

–Podría servir, pero también podría servir para explicar a los policías que si se nos reconoce el derecho a la libertad de expresión ellos me han de defender de las presiones del Estado. Y no estoy hablando exclusivamente de Mossos.–

–¿Si un juez manda a los Mossos que retiren urnas el día del referéndum, se pueden negar?–

–Sí, aludiendo al artículo 11, pero esto no está desarrollado. Detrás hay un trabajo teórico porque si el policía se niega tenga herramientas claras y suficientes para decirle al juez «no lo hacemos por esto». Pero ahora no lo están porque nadie las ha desarrollado, y nuestro trabajo es un poco éste.–

–¿Pero esto debe ser una decisión personal de cada agente?–

–Sí. No puede ser decisión del jefe. No hay la obediencia debida y por lo tanto cada agente, cada mando, debe asumir la responsabilidad. Por eso son policías.–

–Esto rompe el discurso que ha hecho que no se obligará a los funcionarios a decidir entre legalidades...–

–Hay tres funcionarios que deben cumplir y hacer cumplir las leyes: los jueces, los fiscales y los policías. Los demás funcionarios no, pero a estos tres les pagamos para garantizar nuestros derechos y libertades, lo dice el artículo 11 de su ley. Y se les debe exigir que tomen ciertas decisiones personales. El problema es que nadie ha pensado que esto se puede exigir. Yo he estado diez años profesor de la escuela de policía enseñando derechos humanos y deontología policial, lo tengo fresco.–

–¿Hasta qué punto la ley del referéndum se puede defender en Europa si vulnera la Constitución?–

–La vulnera, o no. Puedes decir que vulnera la Constitución, pero también puedes decir que en este tema esta no se ha adaptado a la Carta de los Derechos Fundamentales. Jordi Pujol ya dijo que la verdad es poliédrica...–

–Esta ley se ha amparado en el principio de autodeterminación. ¿Cree que lo puede blandir el TJ?–

–No, es algo absolutamente diferente, porque aunque hablemos de derechos fundamentales de ciudadanos, acaba siendo un tribunal de mercaderes. La idea de fondo que debe haber es que no hacer caso a los catalanes es un mal negocio para Europa, y no se debe hacer nada contra esta idea.–

–¿Así un estado catalán no quedaría fuera de la UE automáticamente?–

–No, precisamente por eso. No es un buen negocio para una comunidad de propietarios echar a un vecino eminentemente pagador, porque estamos por encima del promedio en nivel de vida. Otra cosa es que a mí me gustaría que durante un tiempo quedáramos fuera, porque ganaríamos mucho peso político convirtiéndonos en paraíso fiscal, teniendo el mejor aeropuerto y el mejor puerto tocando al Mediterráneo, a dos pasos de las instituciones europeas y en una sociedad de gente de un nivel de vida superior a la media y un nivel de preparación razonablemente importante. Es al revés: entonces serían ellos los que nos vendrían a buscar, y la capacidad de negociación dentro de cinco años sería diferente.–

–En todo caso, ¿ve bien que la ley del referéndum ampare en el derecho a la autodeterminación, o se podrían haber buscado otros?–

–No lo sé, porque al fin y al cabo es una decisión colectiva. No lo tengo estudiado, pero creo que el problema del derecho a la autodeterminación es que es aplicable a las colonias, y considero bastante difícil que se aplique a una situación no colonial; por mucho que nos sentimos no lo somos jurídicamente. Es más un tema de valoración del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya que de Luxemburgo o Estrasburgo.–

–La Haya también seguramente deberá pronunciarse si hay una DUI...–

–Sí, pero cuenta que básicamente es un tribunal penal internacional, no es de derecho civil; sus resoluciones como tribunal de derechos civiles son escasísimas. Cuanto más nos alejamos, más sensibles son políticamente estos tribunales. Prefiero ir a un tribunal de mercaderes que a uno político, que podría tener presiones. El Tribunal de La Haya no ha condenado nunca los Estados Unidos, ni ninguna gran potencia. Por lo tanto España, al igual que en su día se vendió Gibraltar a los ingleses, ahora se vendería lo que hiciera falta. Y seguro que habría quien compraría.–

Enlace de la entrevista original en catalán:

http://www.elpuntavui.cat/politica/article/17-politica/1230781-el-tc-esta-per-sota-el-tribunal-de-luxemburg.html


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