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Diseño de Civismo.
Apuntes de investigación interdisciplinar
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2.6. Medidas para una buena gestión empresarial.
2.6.1. Cobro inmediato asegurado.
2.6.2. Descuento por pago en plazo a cargo del cliente.
2.6.3. Contabilidad exacta y gratuita para todos.
2.6.4. Total información contable del mercado y la sociedad.
2.6.5. Supresión total de controles e inspecciones burocráticas.
2.6.6. Gerencia libre y responsable.
2.6.7. Protección de las empresas con dificultades.
2.6. Medidas para una buena gestión empresarial.
2.6.1. Cobro inmediato asegurado.
Se propone un conjunto de medidas prácticas para asegurar el cobro inmediato de toda factura .
El cobro de cada una de las facturas de cada empresa queda automáticamente asegurado y se convierte prácticamente inmediato. Esto es posible gracias a que unifica en un solo documento la factura y el cheque. Se contemplan tres casos de facturas-cheque:
Facturas-cheque inter-empresariales e inter-bancarias .
El cliente está obligado por ley a devolver antes de 8 días hábiles, desde su recepción, la factura recibida de su proveedor, con su firma de conformidad y todas las demás indicaciones que convierten la factura, en factura-cheque . El beneficiario-proveedor, al entregar este documento a su Banco, cobra automáticamente en su cuenta corriente el importe consignado en la factura-cheque.
Si la factura no es, total o parcialmente, correcta, el cliente la devuelve en forma de factura-cheque a su proveedor dentro de los 8 días legales, adjuntando una «nota-factura de cargo» pagaderos al cliente: si no hay acuerdo, el litigio es llevado, en primera instancia, ante el Tribunal de Arbitraje , éste, después de escuchar las dos partes tendrá 8 días para dictar el "laudo". Este mismo plazo será el que tendrán ambas partes para ultimar, de acuerdo con el laudo, el correcto fin de su litigio inter-contable.
El retraso superior a los 8 días legales, en cualquiera de las tres eventualidades anteriores, comportará automáticamente unas multas al deudor proporcional a los días de retraso y la cantidad de la factura-cheque. Por ejemplo:
10% por retraso superior a los 8 días e inferior a 15 días.
25% por retraso superior a 15 días e inferior a 30 días.
50% por retraso superior a 30 días e inferior a 60 días.
100% por retraso superior a 60 días.
Estas multas serán a favor del Tesoro Comunitario .
El cliente, dentro de los 8 días hábiles para conformar la factura, tiene el derecho de consignar en su cheque-factura, el plazo legal en que quiere que sea pagado por su Banco: en este caso el descuento bancario será, siempre y en todas partes, a cargo del cliente.
Si el cliente no tiene fondos o capital suficiente en su cuenta corriente en el banco de Negocios en el que está domiciliado el cheque, éste es instantáneamente pagado por la Caja de Garantía Interbancaria , único actor en Justicia Económica especializada encargada de dictar sentencia y multa contra el desfalleciente dentro de los 8 días del desfallecimiento.
Si la solución anterior no es posible por incapacidad de la empresa desfalleciente de hacer frente a sus compromisos, esta empresa pasará instantáneamente a la Caja de Depósitos , Consignaciones y Secuestros (sectorial y territorial), la cual actuará de acuerdo con el Juez de la instancia anterior.
En las ocasiones en que el impuesto de solidaridad social aferente a cada factura-cheque esté vigente, siempre será pagado por el cliente.
Resumiendo: es evidente que todas estas actuaciones sólo serán necesarias cuando, por el motivo que sea, el descubierto automático del 25% del saldo promedio de cada cuenta corriente, que los Bancos ofrecerán según ley, no permita a cualquier empresa de hacer frente a sus deudas. Con este sistema, descrito hasta aquí, se resuelve el grave problema de los impagados y se acaba con el peligrosísimo juego de las ruedas de letras y talones.
Facturas-cheque entre cada empresario utilitario y sus colaboradores (trabajadores, inversores, inventores, staff empresarial).
Las notas de salario entregadas a cada colaborador serán resumidas en una sola nómina por empresa (factura-cheque salarial), enviada a la Confederación General de Bancos y Cajas para su repartición telemática a las cuentas corrientes de ahorro de producción de los interesados.
El impuesto de solidaridad social será evidentemente soportado por la empresa compradora de trabajo, de capitales obligacionistas, de inventos (adquiridos o por regalías periódicas), de espíritu de empresa del «staff» (limitado, o globalmente autogestionado por todo el personal en diferentes funciones decididas comunitariamente en el interior de la empresa).
El impuesto por capital participativo en la empresa, en forma de acciones y el impuesto sobre dividendos serán pagado por el comprador de la parte de propiedad que representa cada acción adquirida.
Facturas-cheque de consumo .
El cliente consumidor, al recibir las mercancías de consumo que compra, acepta (manualmente o electrónicamente) al mismo tiempo, la factura-cheque de consumo correspondiente. El cliente puede precisar si quiere el pago inmediato o a plazos. En el segundo caso, él se hace cargo del descuento bancario correspondiente. Si el cliente acepta el pago le es cargado sobre su cuenta corriente de ahorro de consumo indiferentemente solvente-privado (para ser profesional utilitario) o / y solvente-comunitario (por cualquier estatuto financiero del que sea beneficiario –general-liberal...)
Si el cliente consumidor recibe la factura por correo, ha de devolverla también como cheque firmado con todas las precisiones antes de 8 días hábiles (se aplica el mismo sistema que hemos visto al hablar de las facturas-cheques inter-empresariales)
La disciplina de mercado, sancionada por la Justicia Económica especializada, dispone, en el caso del consumo, de una ventaja organizativa para asegurar el cobro de las facturas-cheque: tanto la cuenta corriente de ahorro de producción multiasalariada (en un Banco de Negocios) o de producción uniasalariada (en una Caja de Ahorros) como la cuenta corriente de ahorro de consumo –de origen privado o/y comunitario- (en una Caja de Ahorros), será única, en un solo establecimiento contable, para cada persona. Esto ofrece la seguridad de ingresos periódicos de origen:
privado –solvente (uni-asalariado)
de producción a consumo por mandato del juez (multiasalariado con cuenta corriente de ahorro de producción en cualquier banco de Negocios)
financiero-comunitario (todos, en tanto que beneficiario del estatuto general, compatible con el estatuto utilitario, liberal o mixto).
El cliente consumidor, en caso de no disponer de fondos para afrontar sus deudas, las puede hacer efectivas, por orden judicial, abonando un tanto por ciento periódico sobre sus entradas fijas de origen privado o/ y de origen comunitario.
En caso de vigencia del impuesto de solidaridad social, éste será, también, en todos los casos a cargo del cliente consumidor.
La ventaja general, también más evidente, es que la factura-cheque, así legislada, suprime automáticamente toda inflación-deflación monetaria elemental, ya que la cantidad monetaria pagada por cada cheque elemental es exactamente equivalente a la cantidad precio-mercantil o salario -mercantil consignada en la factura elemental según libre precio o salario unitario contratado.
Si no hay, ni puede haber, con este sistema de factura-cheque, ninguna inflación ni deflación monetaria elemental, es evidente que no puede haber tampoco ninguna inflación ni deflación monetaria en el libre mercado conjunto de todos los libres cambios monetarios elementales ni en ningún mercado especializado o territorial subconjunto.
Esta radical supresión instrumental de toda inflación-deflación en el mercado representa la más fuerte base protectora de la empresa y de todos sus colaboradores y suprime muchos de los problemas que les agobian actualmente.
Los consumidores salen claramente favorecidos por el hecho de que quedan claramente desligados, de un lado, la inflación-deflación monetaria y del otro, los valores mercantiles. La libre subida o bajada de los valores mercantiles (precios, salarios) no les afecta a condición de no traspasar el precio de coste mínimo tecnológicamente posible ni el precio de venta mínimo económicamente necesario. El complemento salarial-comunitario de solidaridad social, que compensa estas altas y bajas de los valores mercantiles no depende nada de estos últimos -variables en función de las circunstancias del mercado- sino que depende exclusivamente de los excedentes de producción, la variabilidad de los cuales es función exclusiva de la dinámica real del mercado.
Versión 10 de enero de 1989.
2.6.2. Descuento por pago en plazo a cargo del cliente.
Proponer que el descuento por pago en plazo vaya siempre íntegramente a cargo del cliente.
Cuando un cliente quiera pagar a plazos una factura cualquiera, el descuento bancario correspondiente será a su cargo. Esta práctica permite diferenciar lo que es el precio real y normal de cualquier mercancía, sin tener que hacer descuentos extraños cuando el pago es al contado. El pago solvente inmediato de sus compras es una cuestión del cliente, de acuerdo con su Banco de Negocios o Caja de Ahorros. El proveedor sólo tiene que preocuparse de vender y de cobrar inmediatamente para que su empresa pueda funcionar claramente.
Versión 10 de enero de 1989.
2.6.3. Contabilidad exacta y gratuita para todos.
Proponer una única contabilidad gratuita para las empresas, a cargo del Servicio Contable Comunitario-Judicial.
La contabilidad exacta de cada empresa utilitaria, de cada profesional utilitario, de cada consumidor, de cada profesional, institución o asociación liberal, será proporcionada gratuitamente por el Servicio Contable Comunitario-Judicial , ya que la Justicia es la única entidad que archiva y protege constitucionalmente la totalidad de información de las facturas-cheque y, por tanto, la única que puede ofrecer este servicio bajo secreto profesional garantizado por la identificación personalizada de quienes la ejecutan. (El automaticidad de un servicio contable de este tipo -que sólo se ofrece electrónicamente al beneficiario bien identificado o que es enviado por correo en sobre precintado directamente desde el ordenador- evita la intromisión de cualquier persona).
Para cualquier cuenta-correntista la supresión de los engorrosos y caros gastos de contabilidad significan un alivio de costes de un alcance insospechado. Al no haber la más mínima penalización fiscal o aduanera para las transacciones concretas a las que evadirse, nadie, empezando por las empresas, no habrá que liarse a mantener dobles o múltiples contabilidades, más o menos falseadas. Un sistema general contable tan claro, beneficia cada cuenta-correntista, sea cual sea su personalidad individual o colectiva, (con la información contable personal) y beneficia también al conjunto del mercado y de la sociedad (con la información exclusivamente analítica- estadística general que el Estado y la Justicia , concurrentemente, pueden dar a todos casi inmediatamente después de los hechos mercantiles documentados).
Versión 10 de enero de 1989.
2.6.4. Total información contable del mercado y la sociedad.
Proponer la elaboración de estadísticas gratuitas a todos los niveles sectoriales y territoriales, a cargo del Servicio Contable Comunitario General.
El tratamiento conjunto de todas las facturas-cheque en cada período considerado (ejercicio contable anual, semestral, trimestral, mensual, quincenal, semanal, diario, horario...) permitirá ofrecer una completa y exhaustiva información contable, exclusivamente analítica-estadística, sin referencias personales. Esta información contable general, sectorial y territorial, facilitará elementos a cada consumidor, cada profesional utilitario o liberal, cada empresa, gremio, sindicato o colegio profesional, institución o asociación liberal... para que actúe y organice su actividad propia con conocimiento de causa y de efecto.
Este Servicio Contable Comunitario General facilitará esta información gratuitamente y en diferentes niveles de complejidad para hacerla comprensible a todos los sectores sociales.
Si la contabilidad propia, suministrada gratuitamente a cada empresa por la Justicia , bajo secreto profesional, abre a la actuación productiva y comercial enormes posibilidades, éstas se ven multiplicadas por una información contable mercantil, analítica-estadística, general y detallada, también gratuita, suministrada, concurrentemente por el Estado y la Justicia. La concurrencia de los Servicios Contables Comunitarios de estas dos entidades es para asegurar la máxima exactitud de las informaciones ofrecidas a la sociedad, evitando manipulaciones u ocultaciones.
Gran parte de las crisis y despilfarros de los mercados actuales son fruto de la casi total desinformación mercantil que todos los ciudadanos y entidades, en particular las empresas, sufren. Con una información completa y exacta, las previsiones de futuro pueden ser continuamente contrastadas con los datos actualizados, se pueden emprender numerosos estudios de mercado hasta ahora realizados dentro de un marco especulativo y parcial por estar basados en estadísticas aproximativas, necesariamente ficticias e inexactas.
La socialización de la información contable, analítica-estadística, abre, en definitiva, la posibilidad de superar al mismo tiempo la «planificación estatista centralizada» y «el derroche mercantilista privado», y facilita la práctica libre, pero bien fundamentada, de los múltiples agentes del mercado, que, bien informados, pueden actuar más inteligentemente y eficazmente, aprovechando óptimamente los recursos productivos, inversivos y consuntivos. Esta socialización de la información contable es también una herramienta para impedir los monopolios informativos en manos de grupos de presión que actúan, así, con ventaja sobre el resto del mercado.
Versión 10 de enero de 1989.
2.6.5. Supresión total de controles e inspecciones estatistas-burocráticos.
Proponer la supresión de todos los controles e inspecciones estatistas y la organización de un nuevo marco social para el necesario control de las actividades empresariales, fundamentado en la Justicia .
Las inspecciones y los controles realizados por funcionarios y entidades del Estado son, por definición, ajenos a la empresa. Estos funcionarios, alejados, no sólo de la producción, sino del conocimiento específico de la especialidad productiva que inspeccionan, aterrorizan las empresas y no favorecen una auto responsabilización social, productiva y ecológica.
Para ayudar a esta auto responsabilización hay, básicamente, dos instrumentos. El primero, es el mismo sistema monetario omni-informativo que permite, fácilmente, descubrir anomalías en cualquier proceso productivo (productos ilegales o peligrosos que la empresa emplea; adquisición o no de sistemas anti-contaminantes; fraudes de calidad en relación a los porcentajes de determinados componentes adquiridos por la empresa...) El segundo instrumento, depende de la organización gremial. El gremio, formado por toda la competencia del sector, debe velar eficazmente por el cumplimiento de las leyes mínimas de precios, saldos, publicidad y medio ambiente . La ventaja que esta función la realice el Gremio es que su personal, si bien independiente para estar acogido al estatuto liberal, proviene de la realidad productiva especializada del sector gremial, lo que le permite actuar más inteligentemente, tanto en la comprensión de ciertos problemas, como en la denuncia de ciertos trucos. Cuando por negligencia o por imposibilidad gremial, ciertos problemas no se resuelvan, cualquier persona podrá denunciar irregularidades a la Justicia especializada para clarificar situaciones oscuras o para sancionar cualquier práctica ilegal o ingenio fraudulento inventado.
Todos los ciudadanos y entidades - empezando por los sindicatos y organizaciones de consumidores...- pueden, evidentemente, controlar, como mínimo, el mercado de consumo y, a partir de él, todo el ciclo de la producción, comprendido el comercio exterior.
Así, el control en todos los aspectos que sea necesario, depende, en el sistema propuesto:
del propio personal asalariado-cola • colaborador de cada empresa, aseguró comunitariamente contra represalias empresariales por denuncias fundamentadas del proceso productivo.
del sub-Gremio, Gremio e Inter-Gremio en el que la empresa esté inscrita.
de los sindicatos libres
de los clientes y sus organizaciones de defensa de todo tipo.
de los profesionales, instituciones y asociaciones liberales
de las sentencias surgidas de cada proceso instruido y juzgado, iniciado por cualquier litigio presentado, formando jurisprudencia especializada.
Versión 10 de enero de 1989.
2.6.6. Gerencia libre y responsable.
Proponer la libertad de gerencia, avalada por la plena responsabilización de todos los actos mercantiles.
El conjunto de medidas presentadas favorecen una mejor gerencia libre y responsable. El inmovilismo legalista y costumbrista al que a menudo está sometida la gerencia, en los diferentes grados, de cualquier empresa, es fruto de la larga y acumulada desconfianza que un sistema monetario anónimo y desinformativo ha creado. Las estafas, las malversaciones, las falsificaciones de documentos, las irresponsabilidades fraudulentas... han creado este clima nefasto para un buen funcionamiento de la empresa. Con el sistema informativo y personalizador se permite una total libertad de actuación avalada por una documentación exhaustiva de los actos de esta total libertad personal. La centralización contable general permite una descentralización de iniciativas y de decisiones muy amplia, sin controles internos ni vigilancias absurdas. Cualquier acción realizada, alejada de los centros de gestión, en general, y de las empresas, en particular, puede ser conocida instantáneamente por las instancias de coordinación y, por tanto, en caso de disconformidad, se puede pedir una respuesta al agente de tal acción. La disciplina se convierte en autodisciplina y pierde todas las medidas proteccionistas y penalizadoras desfasadas y anti-humanas.
Hay que tener en cuenta que la misma libertad personal de acción responsable será dada por el sistema general de omni-contabilidad informativa, el jefe de compras de cualquier institución o asociación liberal. Quedará libre de todas las complicaciones legalistas-minoristas actuales que dificultan su gestión (subastas, concursos, presupuestos burocráticos...).
Versión 10 de enero de 1989.
2.6.7. Protección de las empresas con dificultades.
Proponer la creación de Secciones de Apoyo Empresarial, con el objetivo de proteger eficazmente las empresas con dificultades.
Las Secciones de Apoyo Empresarial (SAE) correspondientes a cada especialización gremial y subgremial de la Caja General de Consignaciones, Depósitos y Secuestros , tienen la función de aconsejar y ayudar a las empresas con dificultades (las que no obtengan un beneficio legal mínimo -por ejemplo, el 25%- de su facturación) cara a encontrar una solución racional.
La vida de cualquier empresa, incluso en un mercado telemático completamente libre, puede sufrir altibajos debido a numerosas causas. Cuando se dé una situación anormal en la que la marcha de la empresa escape a sus empresarios, la sociedad debe ofrecer los servicios de una institución liberal que estudie a fondo el problema planteado y busque la solución, según los procedimientos que la experiencia irá mejorando. Después del estudio correspondiente, estas
Secciones con personal liberal, pero con experiencia dentro del sector, intentarán salvar la empresa y su equipo humano de tan alto valor social, técnico y mercantil. La salvación de la empresa debe ser tecnológicamente posible, ya sea por mejoramiento aforístico, ya sea por reconversión racional. En caso de que no sean posibles estas soluciones, se procederá a la liquidación de la empresa, con el mínimo de daños para el mercado en el que esta empresa está adscrita.
Cuando una empresa haya sido debidamente mejorada o reconvertida por la Sección de Apoyo Empresarial correspondiente, su adjudicación a los antiguos empresarios, o a uno nuevo, será una cuestión contradictoria a resolver documentariamente por la Justicia Especializada adscrita al Gremio.
La organización de estas Secciones de Apoyo Empresarial estará fundamentada en el saber de profesionales del Gremio interesado, «liberalizados» a tal efecto. Su personal será reclutado proveniente de los sectores productivos correspondientes, pero quedará acogido al Estatuto Liberal. La eficacia e independencia de estas organizaciones liberales de índole tecnológico al servicio del mercado dependerá de la capacidad de elegir y formar profesionales competentes que se transformen en unos «ejecutivos» acumuladores de la experiencia proporcionada en la resolución de cada caso.
Las empresas en peligro podrán solicitar voluntariamente la intervención de estas Secciones de Apoyo Empresarial correspondientes a su territorio y ramo. Estas Secciones de Apoyo Empresarial intervendrán automáticamente por amenaza de quiebra, suspensión de pago o dificultades denunciadas por los colaboradores de la empresa.
Versión 10 de enero de 1989.