Nuevos apartados:
Dolors Marin Tuyà.
Artículos publicados en la revista Penedès Econòmic.
Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el diario Avui, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979, traducidos al castellano.
Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el rotativo Mundo Diario, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979.
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Publicaciones:
Lluís Maria Xirinacs.
Agustí Chalaux de Subirà, Brauli Tamarit Tamarit.
Agustí Chalaux de Subirà.
Agustí Chalaux de Subirà.
Agustí Chalaux de Subirà.
Magdalena Grau Figueras,
Agustí Chalaux de Subirà.
Martí Olivella.
Magdalena Grau,
Agustí Chalaux.
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Decreto ley 14 Instauración de un
mercado claro radicalmente y totalmente libre
Exposición de motivos: los motivos
ahora y aquí expuestos son consecuentes a todos los decretos
leyes anteriores y generales para todo el "tren (paquete) (conjunto)"
de decretos-leyes económicos que seguirán:
1. Composición sub-conjunta-primera
del mercado El mercado de una comunidad geo-política comprende,
por definición evidente y intuitivamente a todo el mundo:
1.1 un mercado interior
1.2 y un mercado (comercio) exterior
2. Operativa:
2.1 la operativa auto-política, por
post-tecnológica, es fundamentalmente la misma para los dos
sub-mercados anteriores (mercado interior y comercio exterior),
tanto en sus métodos como en su crítica y su progresiva
epistemològica (1), a través del concepto primero
"de equilibrio auto-unitario y, pues AUTO-ECONÓMICO
y AUTO-ECUMÈNICO (2) de claro mercado libre".
2.2 Ahora bien, la aplicación de este
principio es diferente, según se trate del mercado interior
o del mercado (comercio) exterior, los cuales serán tratados,
en los dos casos y en cada caso, como fenómenos conjuntos-totales,
sub-conjuntos o elementales.
(1) esta última, en función
de los resultados reales y objetivos obtenidos.
(2) auto-comunitario, desde los "habitats"
más pequeños, hasta el entera humanidad
3. Equilibrio auto-unitario:
3.1. por auto-equilibrio unitario, ahora
y aquí, se entiende la igualdad de dos cualesquiera sub-conjuntos
mercantil sectoriales o y/territoriales, auto-opuestos, auto-complementarios
y monetariamente-estadísticamente auto-comparables y auto-compensables
en la centralizada omni-contabilidad "input-output" de
la entera comunidad geopolítica: (A y B, dónde A representa
la Producción y B la Hacienda o Consumo)
= equilibrio auto-unitario, AUTO-ECONÓMICO y AUTO-ECUMÈNIC
M = mercado
A, B = SECTORES 0 TERRITORIOS, INTERSECTORES
0 INTERTERRITORIOS, AUTO-ECONÓMICOS Y AUTO-ECUMÉNICOS
(PRODUCCIÓN Y HACIENDA)
u = moneda universal de medida y cuenta abstractas
u = moneda telemática-estratégica DE TIPO AUTO-PERSONALIZANTE
Y AUTO -RESPONSABILI ZANTE
vm = valor mercantil conjunto-total v =
vm = valor mercantil elemental.
3.2. por AUTO-ECONOMÍA y AUTO-ECUMENE,
se entiende la auto-compensación de (vmA = vmB ), que reparte
equitativamente (NOMIA),-entre todos los miembros, individuales
y colectivos, de la entera comunidad geo-política,- en función
de los excedentes comunitarios (OIKOS, ECO- ECU-), positivos o negativos,
del mercado considerado; esto lo hace por la vía de la invención
crediticia-financiera o exvención crediticia de dinero comunitario-solvente
(los llamados excedentes, positivos o negativos, del mercado considerado,
correspondiente, de toda evidencia-intuición comprensible
a todo el mundo, al bien o al mal común, (OIKOS, ECO- ECU-)
resultantes del libre juego Mercantil o sea MERCANTE-monetario,
es decir: UTILITARIO-CANVIANTE-monetario.
4. ley general
4.1 tanto si se utiliza el poder de compra
privado-solvente o el poder de compra nacional-comunitario creditíciamente
inventado, como si se utiliza una armoniosa combinación de
los dos, SE PUEDEN INVERTIR SÓLO LAS MERCANCÍAS, DE
ÍNDOLE SOCIALMENTE NO FINIBLE Y NO FINITA, PREVIAMENTE Y
REALMENTE PRODUCIDAS.
4.2 igualmente tanto si se utiliza el poder
de compra privado-solvente o el poder de compra nacional-comunitario
financieramente inventado, como si se utiliza una armoniosa combinación
de los dos, SE PUEDEN CONSUMIR SÓLO LAS MERCANCÍAS,
DE ÍNDOLE SOCIALMENTE FINIBLE Y FINITA, PREVIAMENTE Y REALMENTE
PRODUCIDAS
Art 1. Protección de los factores
de los fueros de iniciativa privada y propiedad particular
1. La AUTO-ECONOMÍA Y AUTO-ECUMENE
DEL MERCADO CLARO, -AUTOCOMPENSADO según equilibrio unitario
de tipo financiero y crediticio en función DE LOS EXCEDENTES
PREVIOS Y REALES DEL CICLO DE LA PRODUCCIÓN,- perseguirá
de obtener, DEL LIBRE JUEGO MERCANTIL DE TODAS LAS PERSONAS INTERESADES,
INDIVIDUALES Y COLECTIVAS:
1.1 UNA PRODUCCIÓN MÁXIMA,
DE CALIDAD ÓPTIMA, AL SERVICIO DE TODO EL PUEBLO, CON EL
MÍNIMO ESFUERZO Y RIESGO POR PARTE DE TODOS SUS FACTORES
PRODUCTIVOS PRIVADOS: EMPRESAS, INVENTOS, CAPITALES Y TRABAJO UTILITARIOS.
1.2 UNA INVERSIÓN MÁXIMA Y
DE CALIDAD ÓPTIMA EN EL CICLO DE LA PRODUCCIÓN, TAMBIÉN
CON UN RIESGO Y ESFUERZO TECNOLÓGICAMENTE MÍNIMO
1.3 UN CONSUMO MÁXIMO Y ÓPTIMO
POR PARTE DE TODOS LOS MIEMBROS DE LA ENTERA COMUNIDAD GEOPOLÍTICA
2. Es por la razón de lo qué
se ha explicado en el apartado 4.1 de la exposición de motivos
y de estas tres anteriores auto-complementarias exigencias de La
AUTO-ECONOMÍA Y AUTO-ECUMENE DE CLARO MERCADO LIBRE que exigen
LEYES GENERALES Y ESPECIALIZADAS DE PROTECCIÓN EFICAZ A LAS
MERCANCÍAS 0 FUERZAS PRODUCTORAS DE ANCESTRAL, LEGÍTIMA
Y FECUNDA INICIATIVA PRIVADA Y PROPIEDAD PARTICULAR: EMPRESAS, INVENTOS,
CAPITALES y TRABAJO UTILITARIOS, puesto que son las qué han
dado hasta ahora, y todo hace prever que continuarán dándolo,
dinámicamente, en progresión acelerada, UNA PRODUCCIÓN
MÁXIMA, DE CALIDAD ÓPTIMA, a cambio De UNOS RIESGOS
Y ESFUERZOS MÍNIMOS.
Art 2. Supresión inmediata de todo
estorbo "estatista-burrocràtico" en el mercado
interior. La finalidad de una producción cada día
MEJOR EN CALIDAD (Q) y cada día mayor en cantidad (q) exige
la supresión inmediata de todo estorbo al mercado interior.
Art 3. La condición misma de esta
total libertad de mercado interno, como conjunto y también
en todos sus subconjuntos sectoriales o y/territoriales, intersectoriales
y/o interterritoriales, es "LA AUTOECONOMIA, EL BUEN GOBIERNO
AUTOMÁTICO O LA CIBERNÉTICA DE MERCADO Y SOCIEDAD",
a través de la invención crediticia (directa e indirecta)
y financiera (directa) de dinero comunitario-solvente el cual permite
"el equilibrio auto-unitario, entre ellos según omni-contabilidad
centralizada "input-output" de los bienes utilitarios
producidos y de los mismos bienes utilitarios invertidos/consumidos
Art 4. La repartición equitativa de
los bienes sociales-culturales (sociales-utilitarios y sociales-
liberales) se hará:
4.1 según equidad en función
de la eficacia:
4.1.1 productiva de los profesionales-utilitarios
4.1.2 cultural de los vocacionales-liberales
4.2 según solidaridad omni-comunitaria
en función de las necesidades nacionales-vitales de todos
los habitantes y, en particular, de quienes no son, por cualquier
razón, ni profesionales-utilitarios ni vocacionales-liberales.
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